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Pro bono legal para lograr el derecho a la igualdad y la no discriminación en el acceso a la justicia a mujeres

Pro bono legal para lograr el derecho a la igualdad y la no discriminación en el acceso a la justicia a mujeres

El derecho al acceso a la justicia se define como un conjunto de derechos y garantías que el Estado mexicano debe asegurar a todos sus habitantes, sin hacer distinciones basadas en el sexo, género, identidad sexual, edad, raza, religión, opinión política o  nacionalidad[1].

 

Este derecho humano se desarrolla a lo largo de dos perspectivas, una en la obligación por parte del Estado de garantizar que todas las personas accedan a la justicia; y otra como un derecho humano. Ante esto, el Estado mexicano está obligado a eliminar todas las barreras físicas, económicas, culturales y lingüísticas que obstaculizan el acceso a la justicia en un plano de igualdad, dando cumplimiento de esta forma a los compromisos internacionales adquiridos.

 

Impunidad en cuanto al acceso a la justicia de mujeres.

 

La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) definió la impunidad como: “(…) la inexistencia de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas[2]”.

 

Los niveles de impunidad en México se encuentran en un rango muy elevado, es por ello que se ha caracterizado por encabezar en América la lista de los países con mayor impunidad, ocupando el número quinto a nivel mundial[3].  Es así como para el año 2011 el nivel de impunidad se encontraba en el 98.5% de los delitos registrables, de los cuales solo el 21% de los delitos cometidos fueron denunciados[4]. Para el año 2018, el coordinador del Índice Global de Impunidad afirmó que el nivel de impunidad había aumentado al 99.3%, dado que de cada 100 delitos sólo se denunciaban 5, y de esos 5 únicamente el 12% obtiene una sentencia favorable, que implementa una pena para la persona agresora[5].

 

Gran porcentaje de estas cifras corresponden a mujeres a quienes se les ha negado el acceso a la justicia por diferentes motivos, ya sea por cuestiones culturales, procedimientos engorrosos, presión social, violencia institucional, ausencia de conocimiento para su acceso, entre muchos otros.

 

Los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, apoyan la anterior afirmación, debido a que en México, casi 7 de cada 10 mujeres han sufrido violencia y el 43.9% de ellas, han sido agredidas por su esposo, pareja o novio[6]. Apoyando estos datos, para el año 2019,  seis de cada diez mujeres afirmaron haber sido víctimas de violencia, de las cuales sólo un 12% emprenden acciones legales y, entre los casos que dan lugar a una investigación, sólo un 2% concluyen con una sentencia condenatoria[7].

 

La causas que generan impunidad en la sociedad mexicana son frecuentes y diversas, entre ellas se encuentra: la ausencia del conocimiento en los mecanismos de denuncias para las mujeres, falta de capacitación al personal oficial para una adecuada atención, bajos niveles de denuncia, presunción de corrupción de las entidades estatales, revictimización al acudir a la entidad y desistimiento en las denuncias realizadas[8], conocida como violencia institucional, la cual es ejercida a través de servidores públicos, profesionistas y prestadores de servicios.

 

Un ejemplo recurrente en la sociedad mexicana respecto a este tipo de violencia, es cuando una mujer, víctima de violencia económica, psicológica o cualquier otro tipo, pero no física, acude a las instituciones oficiales para interponer su denuncia y las autoridades no la reciben por no considerarla una forma de violencia.

 

Esto quiere decir que las mujeres no solo son víctimas por parte de sus victimarios, sino también resultan siendo víctimas de Entidades Estatales y de funcionarios estatales.

 

La violencia institucional no solo se ejerce desde los funcionarios que niegan un trámite o lo vuelven engorroso, también se presenta desde el poder legislativo y judicial que mediante la promulgación de leyes o la expedición de sentencias que sientan bases discriminatorias y que afectan el derecho de acceso a la justicia de mujeres.

 

Impulsar el acceso a la justicia de mujeres desde la labor legal pro bono

 

La solución que se propone ante la problemática antes planteada, es la labor legal pro bono[9], promoviendo distintas acciones para el acceso a la justicia de mujeres, tales como:

 

  1. Las asesorías y/o representación jurídica.
  2. Capacitaciones: a través de diferentes capacitaciones en diferentes temas se buscan que las mujeres tengan conocimiento de sus derechos, de cómo garantizarlos y cómo acudir a un sistema judicial. La ventaja que existe con las capacitaciones es que estas son realizadas de forma masiva lo que permite llegar a un mayor número de personas en la población.
  3. Estudios legales que impulsen políticas públicas en materia de género.
  4. Promoción y difusión de derechos humanos de las mujeres.
  5. Promoción de la labor legal pro bono: con la promoción del trabajo pro bono se busca que cada día más abogados se unan a esta causa de acabar con la impunidad en la justicia y en garantizar el derecho al acceso a la justicia de mujeres y otros grupos en situación de vulnerabilidad, logrando que sean cada vez más los partícipes en la construcción de una sociedad justa.

 

La labor legal pro bono es una solución, una herramienta y un camino para contribuir a la erradicación de la impunidad en México, ya que permite que la población en situación de vulnerabilidad sea asistida y apoyada por un equipo legal dedicado al trabajo profesional y voluntario que se encarga de garantizar el acceso a la justicia mediante asesoría, representación jurídica, capacitaciones y estudios legales para el impulso de políticas públicas.

[1] María de Jesús Conde. El acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes. Revista IIDH, (2009). Recuperado de: http://www.corteidh.or.cr/tablas/r25534.pdf

[2] Universidad de las Américas, UDLAP Jenkins Graduate School, Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia  Puebla “Índice global de impunidad de impunidad de México 2018” (2018). Recuperado de: https://www.udlap.mx/igimex/assets/files/2018/igimex2018_ESP.pdf

[3] Universidad de las Américas, UDLAP Jenkins Graduate School, Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia  Puebla “Índice global de impunidad de impunidad 2017” (2017).

[4] Defensor – Revista de derechos humano “Impunidad: Síntomas de un Estado ausente” – La impunidad y la fractura de los público – Jesús Rodríguez Zepeda. P8 (2011)

[5] Aristegui Noticias. La impunidad en México es de 99.3%; no hay policías ni jueces suficientes: UDLAP. (2018). Recuperado de: https://aristeguinoticias.com/1303/mexico/la-impunidad-en-mexico-es-de-99-3-no-hay-policias-ni-jueces-suficientes-udlap/

[6] Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016. Recuperado de: https://bit.ly/2vPtO81

[7]NELLY MONTEALEGRE DÍAZ. “Mujeres y Acceso a la Justicia: un desafío compartido”. SDPnoticias. (2019). Recuperado de: https://www.sdpnoticias.com/nacional/2019/03/29/mujeres-y-acceso-a-la-justicia-un-desafio-compartido

[8] Ibid.

[9] Entendida como los servicios profesionales que se prestan en beneficio de la sociedad, de forma voluntaria y sin retribución económica, utilizando la experiencia y la capacidad profesional.

Frente al espejo Licenciada en Derecho, maestría en Derechos Humanos, diplomado en Derechos Humanos y Migración. aremi@personalidadesrevista.com

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